22 de Diciembre, 2021
El Gobierno oficializó los feriados del 2022
Este martes, el Gobierno oficializó el cronograma de feriados para el año próximo, que contiene doce feriados inamovibles, dos trasladables y tres con fines turísticos.

La información se difundió mediante el decreto 789, publicado en el Boletín Oficial, donde se destaca la importancia de que se establezcan “días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”. Para el año próximo, esos días fueron fijados para el 7 de octubre, el 21 de noviembre y el 9 de diciembre.

De esta manera, los feriados inamovibles son el 1° de enero (Año Nuevo); 28 de febrero y 1° de marzo (Feriados de Carnaval); el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas) y el 15 de abril (Viernes Santo).

Además serán inamovibles el 1° de mayo (Día del Trabajador); el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); el 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).

Por otro lado, uno de los feriados trasladables correspondería al 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), pero se celebrará el mismo viernes porque no se puede trasladar al lunes siguiente porque coincide con el 20 de junio.

Otro de los feriados trasladables de 2022 será el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín), que se celebrará el 15 de agosto, y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural), que se adelantará al 10 de octubre.

En esa sintonía, el próximo año contará con cuatro fines de semana largos, de cuatro días cada uno: desde el sábado 26 de febrero al martes 1° de marzo; desde el viernes 17 al lunes 20 de junio; desde el viernes 7 al lunes 10 de octubre; y desde el jueves 8 al domingo 11 de diciembre.

De esta manera, los feriados quedaron establecidos de la siguiente manera:

1° de enero

28 de febrero y 1° de marzo

24 de marzo

2 de abril

15 de abril

1° de mayo

25 de mayo

20 de junio

9 de julio

8 de diciembre

25 de diciembre