El instrumento establece la restricción para circular en todo el territorio de la Provincia en el horario de 20:30 a 6:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario.
Se suspende las actividades presenciales en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial. Las actividades se desarrollarán acompañando y fortaleciendo el proceso de enseñanza desde la no presencialidad. Quedan exceptuadas de lo dispuesto las Escuelas de Período Especial.
También se suspende la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, salvo para aquellos agentes públicos convocados para garantizar actividades necesarias requeridas por las autoridades superiores.
